- Salario Mínimo por hora: 9,26 €.
- Salario Mínimo mensual: 1.183 € (14 pagas) 1.380 € (12 pagas).
- Salario Mínimo anual: 16.562 € (14 pagas).
En la mayoría de los casos las personas empleadas del servicio doméstico realizan trabajos por horas, en este caso el salario debe incluir todos los conceptos (pagas extraordinarias, vacaciones y descansos semanales), por lo que la cantidad mínima a percibir de acuerdo con el SMI para el año 2024 es de 9,26 € por hora.
Las retribuciones salariales que las personas empleadas del hogar deben percibir por sus servicios y que deben estar especificadas en el contrato incluyen:
- Retribución en metálico. Garantía de la retribución en metálico del salario, en cuantía no inferior al salario mínimo interprofesional, en proporción a la jornada de trabajo. El pago se puede realizar en metálico, mediante talón bancario o transferencia bancaria, según lo acordado entre las partes.
- Retribución en especie. La persona empleadora y la empleada pueden pactar que una parte del salario se pague en especie, en cuyo caso no podrá superar el 30% del salario total y además, la parte de retribución en metálico que reciba la persona empleada del hogar será como mínimo el SMI.
Ejemplo: Queremos contratar una persona de la limpieza a jornada completa y se acuerda un salario mensual de 1234 €. La persona empleadora le proporcionará alojamiento y manutención que valora en 350 € al mes. ¿Qué salario en metálico percibirá la empleada/o? En este caso, el empleador no podrá descontar esos 350 € que valora como pago en especie, ya que la cantidad supera el 30% del salario total (1.183 €) y, además, el pago en metálico se reduciría a 750 € al mes, inferior al SMI. Por lo tanto, independientemente del valor que el empleador dé al pago en especie, podrá descontar como máximo: (Salario bruto) 1234 € – (SMI) 1.183 € = 100 € en cada nómina mensual.
- Incrementos salariales. Se fijarán de común acuerdo por las partes, y a falta de pacto, se remite al incremento aplicable según la estadística de los convenios colectivos del mes en que deba efectuarse la revisión.
- Pagas extras. Las personas del servicio doméstico tienen derecho a recibir 2 pagas extras anuales las cuales se pagarán al finalizar cada semestre (junio y diciembre). También se puede acordar el prorrateo de dichas pagas y recibir únicamente 12 pagas en lugar de 14.
La persona empleadora deberá entregar un recibo individual y justificativo del pago (nómina). Para descargar el modelo de nómina facilitado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, sigue este enlace.