En el caso de que decidas hacer un precontrato a una persona indocumentada, necesitas considerar que Extranjería te solicitará una serie de documentos, los cuales sirven para demostrar que estamos procediendo de manera legal. Por eso debes estar dispuesto/a a proporcionar los siguientes datos:
Si la persona a contratar se encuentre en proceso de renovación de sus documentos es posible realizar un contrato y darle de alta en la Seguridad Social. Sin embargo, en esta situación sería recomendable especificar que el contrato queda sujeto a la resolución de la solicitud de renovación; así, si esta es revocada, podremos disolver el contrato sin dificultades.
Esta decisión te puede acarrear muchos problemas, ya que la persona en situación irregular está en su derecho de denunciarte y, así, conseguir su permiso de residencia por arraigo laboral. Además, la Ley Orgánica 4/2000 deja muy claro en su Art. 54 que tener a trabajadores extranjeros trabajando en situación irregular supone una infracción muy grave, y aplica multas que van desde 6001 hasta 60 000 €. A esta cifra hay que añadir las cantidades que reclamaría la Seguridad Social en materia de cotizaciones sin ingresar por cada trabajador/a empleado/a, durante todo el tiempo de actividad irregular.
En el caso de querer contratar una persona extranjera no comunitaria necesitamos solicitarle la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE). Esta tarjeta nos permite comprobar si la persona a la que queremos contratar está en posesión de la autorización necesaria para trabajar en el territorio nacional, así como su periodo de vigencia.
Por eso, si la persona a contratar es extracomunitaria y no es capaz de presentar una TIE original en vigor, lo más probable es que no esté en posesión de la autorización necesaria para trabajar legalmente en España.