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El Régimen de la Seguridad Social

El Régimen de la Seguridad Social

Cuando solicitamos los servicios de empleados de la limpieza se nos plantea la siguiente duda… ¿Es obligatorio dar de alta al servicio doméstico en la Seguridad Social? La respuesta es SÍ, aunque solo tengas servicio doméstico unas horas a la semana debes dar de alta en la Seguridad Social desde la primera hora de trabajo… y esta es además la obligación más importante para la persona empleadora, ya que su no cumplimiento puede acarrear sanciones económicas. También si se pacta un periodo de prueba, el empleado doméstico debe igualmente estar dado de alta durante dicho periodo.

 

Alta, baja y afiliación a la Seguridad Social

 

A partir del 1 de enero de 2023, la persona empleadora tendrá la responsabilidad exclusiva de gestionar el alta o baja ante la Tesorería General de la Seguridad Social, así como de informar sobre cualquier cambio en la jornada laboral, tipo de contrato o salario. Además, deberá pagar las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a partir de enero de 2023, independientemente del número de horas acordadas con la persona de la limpieza.

Por lo tanto, si nuestro servicio doméstico no está asegurado, la Ley hace responsable a su empleador/a quién tendría que hacerse cargo de todos los gastos que un accidente pudiera conllevar, incluidas invalideces, si se dieran.

Los trámites de alta deberán realizarse antes del comienzo de la actividad laboral, mientras que la solicitud de baja o variaciones de datos se presentarán dentro del pazo de los 3 días naturales siguientes al cese del trabajo o al que se produzca la variación. Descárgate ahora el modelo de la Seguridad Social sobre alta de empleados del hogar Modelo TA.2/S-0138.

Las personas que contratan servicio doméstico por primera vez deberán solicitar como paso previo el Código de Cuenta de Cotización, Modelo TA.7.

Para que no te pierdas en este proceso visita el siguiente enlace en el que encontrarás toda la información que necesitas a cerca de los trámites y documentos necesarios para realizar el alta en la seguridad social, ya sea mediante la sede electrónica (con certificado digital) o de manera presencial: Datos que deben contener las solicitudes de alta en la Seguridad Social